jueves, 5 de noviembre de 2015

HASTA QUE LA MUERTE OS SEPARE




Las tertulias de café resultan en ocasiones un germen para filosofar de lo más interesante.
Esta historia comenzó en una charla de café cuando una de las presentes planteó que ahora que había entrado en la menopausia y siguiendo lo que su religión le había enseñado, no debería tener relaciones sexuales puesto que ya no podría tener más hijos. En efecto, el matrimonio católico condicionaba el sexo a tener hijos; y todo acto sexual que no permitiese la posibilidad de quedarse embarazada entraba ya en la esfera de pecado o asimilado. El propio Código Canónico recogía como una de las causas para pedir la nulidad del matrimonio el no poder tener hijos (no sé si sigue apareciendo esa causa de nulidad, pero francamente no me voy a molestar en mirarlo).
El caso que empezamos a hablar de esa "muerte" que supone la menopausia en la mujer, que por por otro lado lleva a una resurrección, pero que indudablemente supone que no podrás tener más hijos.
Si miramos este tema desde la religión católica nos encontramos entonces con que una mujer casada, en la menopausia, en realidad vive dentro de un matrimonio susceptible de ser anulado.
Si ampliamos el concepto de muerte del que se habla en el matrimonio cuando se dice aquello de "hasta que la muerte os separe", podemos entender entonces que esa muerte ya puede suponer legalmente la disolución del matrimonio.
 Puesto que una premisa básica como es tener hijos ya no se puede cumplir y que efectivamente se ha llegado a una muerte, tenemos ya dos causas para considerar que el matrimonio religioso ya no existe: por un lado puede considerarse nulo y por otro es susceptible de disolución.
Imagino que cuando se ideó lo de "hasta que la muerte os separe" no se pensaba en una muerte parcial del humano, quizá porque eso de la menopausia no se planteaba por ningún lado, sobre todo porque la mayoría de las mujeres ni llegarían a la edad en que se produce esa muerte.
Con todo esto, llegamos a la conclusión de que quizá legalmente los matrimonios en los que la mujer ya ha entrado en la menopausia, en realidad están fuera de la legalidad católica. Igual que el sacramento de la comunión hay que practicarlo de forma regular para que sea efectivo, o que el del bautismo se renueva con la confirmación, quizá el del matrimonio debería ser confirmado para que siga siendo un sacramento que imprima luz a los cónyuges que es lo que debería ser realmente desde el principio.

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